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Derecho Laboral en Panamá y Colombia

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Especialistas en Derecho Laboral en Panamá

El derecho laboral en Panamá establece las normas y principios que deben cumplir los empleadores y los trabajadores; es importante que ambos conozcan sus derechos y las obligaciones de la relación laboral. Contar con la asesoría de especialistas en derecho es clave para mantener un entorno laboral basado en la armonía, la eficiencia, el profesionalismo y la estabilidad, donde empresa y trabajador crecen juntos.

Atendemos consultas laborales para patronos y trabajadores. En Uribe y Asociados te brindamos asesoramiento laboral en:

  • Negociación y mediación.
  • Manejo del personal extranjero en Panamá.
  • Reglamento interno de trabajo.
  • Revisión y elaboración de contratos de trabajo.
  • Fuero maternal, sindical, por discapacidad o por enfermedad amparada por ley.
  • Despidos laborales por causas justificadas: quiebra o cierre definitivo del negocio, reducción de operaciones provocada por crisis económicas.

Más información de Derecho Laboral

Nos encargamos de asesorarte en la redacción de contratos laborales, garantizando que cumplan con la normativa vigente y así minimizar conflictos laborales futuros.

Hay que tener en cuenta que se puede evitar el litigio laboral por medio de un acuerdo extrajudicial o acudir a la conciliación en esta materia.

Según lo establecido en el código laboral, la mujer que se encuentre en estado de gravidez solo podrá ser despedida de su empleo por causa justificada y previa autorización judicial.

Preguntas Frecuentes

Estos son algunos de los elementos que debe contemplar un contrato laboral: datos de las partes, descripción del puesto o cargo, duración del contrato, jornada laboral, salario, beneficios adicionales, obligaciones y derechos del trabajador y empleador, condiciones de terminación de contrato, cláusulas de confidencialidad, entre otras.

Debes consultar a un abogado experto para que estudie el fundamento del despido y presentarle, entre otros documentos, el contrato de trabajo, si lo hubiera, para que valore la legalidad del despido; posteriormente, se podría formalizar una demanda para que se declare nulo por ilegal el despido.

La retención indebida si está considerada como delito en la legislación penal panameña, el artículo 241 de Código Penal establece lo siguiente:

”El director, dignatario, gerente, administrador, representante legal, empleado o trabajador de una empresa que, en el termino de tres (3) meses, luego de que surja la obligación de pagar, retenga y no remita las cuotas empleado-empleador a la caja de seguro social, siempre que estas superen la suma de los mil balboas (B/.1,000.00), o quien haya sido requerido por esta entidad para la liberación de la retención será sancionado con prisión de dos a cuatro años.”