Protección al Consumidor
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AGENDE UNA ASESORÍA JURÍDICA PERSONALIZADA
Uribe & Asociados, sus abogados de confianza en Panamá y Colombia.
Especialistas en asuntos de Protección al Consumidor en Panamá
En Panamá, la protección al consumidor está regulada y ampara, entre otras cosas, al rey de la economía. Esta ley busca garantizar las relaciones comerciales y proteger a los consumidores frente a prácticas abusivas, engañosas o desleales por parte de los proveedores de bienes y servicios. La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) es la encargada de regular y velar por estos derechos.
Te ayudamos con todos los asuntos relacionados con la protección al consumidor, desde la aplicación de normas y leyes hasta la representación en procesos administrativos y judiciales.
- Publicidad engañosa.
- Incumplimiento de garantías.
- Demandas y defensas ante prácticas comerciales desleales.
- Proceso de anulación de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión.
Comprendemos que los derechos de los consumidores están estrechamente vinculados con la actividad empresarial y la venta de productos y servicios que se ofrecen en el mercado. Contamos con una vasta experiencia en esta materia; asesoramos tanto a los consumidores como a los agentes económicos para que ambos cumplan con sus obligaciones.
Más información de Protección al Consumidor
Si el agente económico se niega a resolver tu reclamo, en Uribe & Asociados estamos capacitados para asesorarte en la presentación de tu queja ante la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia.
Si realizas una compra, de un producto o de un bien inmueble, y se acuerda que puedes desistir de la operación, tienes derecho a la devolución del dinero abonado. En caso de que se presente resistencia a dicha devolución, puedes contar con nuestra asesoría.
El agente económico que promueva la venta de un bien por vía publicitaria, cualquiera que sea el medio, deberá entregar lo prometido ajustándose a la verdad, no podrá dar una descripción errónea o inexacta de los hechos y que la publicidad utilizada no incite a error o confusión.
Preguntas Frecuentes
Ejemplo: compras un auto y, durante el periodo de garantía, notas ruidos inusuales en la suspensión; el agente económico te cambia los amortiguadores más de dos veces y no ves mejoría y, en diligencia conciliatoria ante Acodeco, la empresa acepta que no es problema de amortiguadores, sino que la suspensión del carro no fue diseñada para las carreteras de Panamá. Ese dicho plasmado en la diligencia de conciliación se convierte en la prueba reina para proceder en contra del agente económico por vicios ocultos. (Este fue un caso real llevado con éxito por la firma Uribe & Asociados).
El proveedor queda obligado a garantizar el funcionamiento del bien; si el bien comprado no funciona, el proveedor tiene la obligación de repararlo, pero si sigue presentando problemas en su funcionamiento, el consumidor puede solicitar su reemplazo o la devolución de las sumas pagadas.
Por ejemplo: Compras un apartamento y en el contenido publicitario se te ofrece que los pisos serán importados de Europa y el servicio de gas será comunal en el edificio, pero cuando te entregan el apartamento te das cuenta de que no es así. Ese hecho se convertiría en prueba irrefutable para demandar no solamente ante Acodeco, sino ante los tribunales de comercio por publicidad engañosa. (Este fue un caso real llevado con éxito por la firma Uribe & Asociados).
